Los Servicios de Registro de cada sede deben remitir a la O.R.I. y a la Unidad Académica a la que se trasladará la persona estudiante, la siguiente documentación: un oficio emitido por la Dirección de la Sede, la fórmula IC4-2 firmada por la persona estudiante, oficio con el estudio de conclusión de tramo firmado por la coordinación de la carrera, y el documento de identificación vigente de la persona estudiante.
Para realizar el concurso a otra carrera o recinto, la población estudiantil requiere el promedio ponderado correspondiente, por ello cada Unidad Académica debe tramitar las modificaciones de las calificaciones finales previo a la fecha del concurso.
Matrícula en la dirección electrónica https://ematricula.ucr.ac.cr, según la hora de la cita de matrícula.
Consulte la cita de matrícula en la dirección electrónica https://ematricula.ucr.ac.cr a partir de las 12:00 m. d.
Prematricula en la dirección electrónica https://ematricula.ucr.ac.cr.
Recordatorio para las Unidades académicas: la fecha límite para remitir las actas del II ciclo lectivo es el 08 de enero del 2024.