Preguntas frecuentes de reconocimiento de títulos
El trámite para el reconocimiento y equiparación de un título en Costa Rica inicia en la Oficina de Reconocimiento y Equiparación de Grados y Títulos (ORE) del Consejo Nacional de Rectores (CONARE). Esta Oficina es la encargada de recibir toda la documentación requerida para el trámite y remitir a la Universidad de Costa Rica, la solicitud de reconocimiento y equiparación.
La información relacionada con el proceso se encuentra en su sitio web: https://ore.conare.ac.cr/
De acuerdo con el artículo 2, inciso o) del Reglamento para el reconocimiento y equiparación de estudios realizados en otra Institución de Educación Superior:
Reconocimiento: Es el acto mediante el cual la Universidad de Costa Rica acepta la existencia de un grado o título y lo inscribe en su registro. En caso de falsedad declarada judicialmente del grado o título, el acto de reconocimiento será nulo de pleno derecho. El reconocimiento se puede emitir aun en el caso de no efectuarse una equiparación.”
De acuerdo con el artículo 2, inciso l) del Reglamento para el reconocimiento y equiparación de estudios realizados en otra Institución de Educación Superior:
Equiparación de grado: "es el acto mediante el cual la Universidad de Costa Rica, previa resolución de la Unidad Académica que realiza el estudio del expediente, declara el nivel académico y la validez del grado obtenido por la persona interesada, aunque sus estudios no sean equiparables con los correspondientes a algún plan de estudios que imparte la Institución. La autorización para el ejercicio profesional corresponderá al colegio profesional respectivo, de acuerdo con sus propios parámetros y procedimientos.”