Preguntas frecuentes de equiparación de cursos
Sí, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:
- Ser estudiante admitido en una carrera de la Universidad de Costa Rica.
- Contar con el plan de estudios asignado por la Unidad Académica correspondiente.
- Asegurarse de que los cursos solicitados para equiparación estén incluidos en su plan de estudios."
Es el acto mediante el cual la Universidad de Costa Rica, con la previa resolución de la Unidad Académica respectiva o del Sistema de Estudios de Posgrado, declara que uno o varios cursos aprobados en otra institución de Educación Superior son equivalentes a cursos que se imparten en la UCR. Cuando un curso es equiparado: a. Se da por aprobado. b. Se otorgan los créditos respectivos. c. Se incorpora al expediente estudiantil con el símbolo EQ.
Este trámite no se realiza por una equiparación.
Se denomina "Convalidación" y se debe solicitar en la Unidad Académica de la carrera en la cual realizó el traslado o solicitó ingreso para llevar carrera simultánea.
Del TEC no y en cuanto a la UTN, se están realizando consultas para ver si procede o no.
Actualmente, el Convenio de CONARE según resolución R-2409-2000 de la Rectoría, establece que la equiparación procede únicamente a cursos de humanidades aprobados en la Universidad Nacional y/o la Universidad Estatal a Distancia.
Depende del tipo de documento:
- Documentos físicos: deben digitalizarse y adjuntarse en el sistema, y posteriormente presentarse en original para cotejo, según las fechas del Calendario Estudiantil.
- Documentos con firma digital: no requieren presentación física; basta con adjuntarlos en el sistema.
Se entregan en cualquiera de las Sedes de la Universidad de Costa Rica.
En primer lugar, debo verificar que los cursos que deseo equiparar formen parte de mi plan de estudios en la UCR.
Posteriormente, debo acceder al sitio de reconocimiento en el siguiente enlace: https://ori.ucr.ac.cr/inicio/estudiantes/equiparacion, sección Estudiantes-Equiparación de cursos , donde encontrará:
- Videos con guías paso a paso para solicitar equipaaración por convenio y por no convenio.
- Infografías con los requisitos de ambos procesos.
- Acceso directo al sistema de ereconocimiento.
- Fechas oficiales de cada proceso para los ciclos I y II.
- Documentos de los convenios CONARE para áreas como Física, Matemática, Biología, Estadística y Humanidades.
Sí, siempre y cuando:
- El estudiante haya solicitado la convalidación correspondiente en la Universidad Nacional como estudiante regular, y
- Los cursos aparezcan con la nota alfabética "A" en su expediente académico.
Las fechas oficiales se publican en:
- El Calendario Estudiantil, y
- Nuestro sitio web, en la sección Fechas importantes.
La normativa establece que para graduarse debe:
- Haber estado matriculado al menos un año calendario en la UCR.
- Haber aprobado el menos 24 créditos del plan de estudios.
Esto significa que la UCR solo equipara un porcentaje de cursos aprobados en el título que obtuvo en la Universidad de Procedencia y, por lo tanto:
- No se puede equiparar un título completo.
- La UCR únicamente equipara titulos obtenidos en el extranjero.
Debe cumplir con:
- Aprobación mínima de 12 créditos
- Haber aprobado los cursos requeridos según la institución y establecidos en el convenio:
Universidad Nacional (áreas):
- Arte
- Ciencia y Tecnología
- Filosofía y Letras
- Ciencias Sociales
Universidad Estatal a Distancia (módulos):
- Lengua y Literatura
- Historia
- Investigación Social y Ambiente
- Filosofía y Pensamiento Científico
Debe realizar su solicitud en el proceso de equiparación de cursos no convenio y, cumplir con los requisitos solicitados para su debido trámite.
Debe solicitar la equiparación en el proceso de equiparación de cursos por convenio, enviando al correo electrónico del área de reconocimiento reconocimientos.ori@ucr.ac.cr:
- Formulario debidamente lleno.
- Documento de identificación vigente (ambos lados en una solo página)
- Certificación de cursos aprobados extendida por la Oficina de Registro de la Universidad de Procedencia.