
Este proceso tiene como propósito permitir la interrupción de los cursos matriculados, ya sea de manera total o parcial, por un periodo no mayor a un año. En casos debidamente justificados, se puede extender la interrupción por un año adicional, garantizando así la flexibilidad necesaria para que la persona estudiante pueda atender situaciones personales o imprevistas sin perder los avances logrados en su formación. Durante este periodo, se conservan tanto la matrícula de los cursos interrumpidos como las calificaciones parciales obtenidas hasta el momento de solicitar la interrupción, asegurando que su progreso académico no se vea afectado de manera definitiva.
La persona estudiante debe revisar la normativa relacionada con estos procesos, la cual se encuentra disponible en la Resolución de Normas y Procedimientos de Matrícula que emite la Vicerrectoría de Vida Estudiantil para cada ciclo lectivo.
Procesos vigentes

Periodo para que la persona estudiante realice la solicitud de interrupción a la Unidad Académica correspondiente.

Periodo para que la persona estudiante realice la solicitud de interrupción a la Unidad Académica correspondiente.

Periodo para que la persona estudiante realice la solicitud de interrupción a la Unidad Académica correspondiente.
Fechas importantes
Documentos

Resolución ViVE-266-2024 Normas y Procedimientos de Matrícula del Ciclo Lectivo III-2024 (Verano)
Resolución ViVE-266-2024 Normas y Procedimientos de Matrícula del Ciclo Lectivo III-2024 (Verano)
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